Informar al ciudadano que lo desee sobre el régimen urbanístico aplicable a una finca, sector, o unidad de ejecución de conformidad con las previsiones del Planeamiento correspondiente y del instrumento de gestión en su caso (condiciones de edificabilidad de una parcela, servicios de infraestructura, calificación de suelo, parcela mínima segregable sin fines registrales, etc.), así como informes de viabilidad de actuaciones concretas. 

¿Quién lo puede solicitar? Cualquier ciudadano con capacidad jurídica.

Fecha de solicitud: en cualquier momento

Plazo de resolución: 1 mes

Plazo de validez y recurso: La información urbanística, sin perjuicio de que no concede ningún derecho al que la solicita, tiene validez mientras que la tenga el instrumento de planeamiento en el que se basa. Contra la resolución que aprueba un informe urbanístico cabe interponer recurso de reposición ante el órgano que lo resolvió. 

Documentación necesaria: 

  • Solicitud, según modelo oficial, con presentación formal en el Registro General del Ayuntamiento (presencial o telemático), donde se especifique de forma clara la información urbanística que se quiere conocer, o la viabilidad de promoción (un modelo diferente en cada caso). Datos de contacto del interesado (nombre, apellidos, DNI, dirección de notificaciones, email y teléfono directo).  En el caso de que se actúe a través de representante se deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
  • Ubicación de la finca o solar,  dejando constancia del motivo de la consulta y localización geográfica de la misma (referencia catastral y plano de emplazamiento sobre topográfico oficial) con la denominación precisa, en su caso, conforme al Plan General, del ámbito de planeamiento o unidad de ejecución objeto de consulta.
  • Datos mínimos a aportar:
    • Descripción de la actividad pretendida.
    • En su caso, definición del supuesto expreso contemplado para la misma en la Ley GICA (7/2007 de 9 de Julio de Gestión Integrada de la Calidad en Andalucia).
    • Programa funcional aproximado, con identificación de superficies -para grandes promociones o grandes superficies, planimetría a nivel anteproyecto-.
    • En el caso de peticiones de informes de viabilidad urbanística de plantas fotovoltaicas, la documentación mínima a acompañar a la solicitud se detalla en documento adjunto para su descarga.
    • En el caso de infraestructuras lineales que requieran pronunciamiento en cuanto a la diversidad de legislaciones sectoriales aplicables, la documentación mínima e acompañar la solicitud incluirá los archivos kml, detallada su descarga en documento adjunto de plantas fotovoltaicas citado en párrafo anterior.
  • Autoliquidación, según modelo oficial, de tasa según la ordenanza fiscal.

 

Enlaces de interes: 

 

 Sede Electronica Catastro