La concejala de Participación Ciudadana y Deportes del Ayuntamiento de Huelva, María Teresa Flores, ha anunciado la apertura del plazo para solicitar las subvenciones 2022 destinadas a reforzar el movimiento asociativo de la ciudad. Hasta el próximo 7 de mayo, tanto las asociaciones vecinales, como cualquier otra de carácter social, pueden presentar la documentación requerida, que una vez más se tramitará obligatoriamente por vía telemática en la sede electrónica de acceso al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Huelva, a través del Portal de Internet (www.huelva.es) y dirigidas a Alcaldía-Presidencia.
La concejala, que ha animado a las asociaciones “a participar en esta convocatoria” se ha referido expresamente al apartado de actividades “porque esperamos que haya más solicitudes este año y que tras la crisis sanitaria, las asociaciones se animen a retomar actividades presenciales que supongan realmente la vuelta a la normalidad”. Flores ha recordado que “se trata de una partida presupuestaria de 133.000 euros a repartir anualmente entre las asociaciones de la ciudad que presenten proyectos en beneficio de la comunidad”. Unas ayudas que, como señala la concejala, “sirven para consolidar el movimiento asociativo y articular la participación vecinal, como forma de promover la cohesión social”.
Las entidades solicitantes deberán identificarse en la sede electrónica a través del certificado digital. Para facilitar la tramitación, las asociaciones disponen de un formulario tipo, en el que se recoge toda la información y datos a aportar para solicitar las subvenciones. Los modelos están disponibles en la página web del ayuntamiento de Huelva y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), además desde el Ayuntamiento de Huelva se han enviado por correo ordinario a todas las asociaciones.
Se pueden solicitar subvenciones destinadas a cubrir el mantenimiento, el equipamiento o las actividades de las asociaciones. Concretamente, en las bases de la convocatoria se especifican las partidas subvencionables en cuanto a gastos corrientes de funcionamiento de las sedes sociales de las asociaciones, incluyendo, entre otros: comunidad, alquiler y seguro; reparaciones básicas de electricidad, pintura, fontanería o carpintería; gastos de limpieza de la sede o local; material de protección individual necesario para la prevención del Covid (guantes, gel hidroalcohólico, mascarillas…); teléfono y conexión a internet; consumo de agua, electricidad y recogida de basuras; gastos derivados del alojamiento y dominio web propios; material de oficina y postal; seguros de responsabilidad civil y/o accidentes; gastos de asesoría; o relativos a la instalación y revisión de extintores.
Por otro lado, el apartado de equipamiento se refiere a la adquisición de materiales informáticos, mobiliario o de cualquier otra índole que sea necesario para el desarrollo de las actividades propias de cada asociación, con un máximo de 150 euros, por elemento adquirido. Mientras que las actividades susceptibles de subvención serán todas aquellas destinadas a la realización de acciones específicas dentro de las competencias de las asociaciones y en un plazo temporal determinado, dirigidas al fomento de la participación ciudadana en la ciudad, mediante acciones formativas, culturales o convivenciales.